lunes, 20 de marzo de 2017

Reglamento de Régimen Interno

Ilustre y Venerable Hermandad de Ntra. Sra. la Virgen de las Angustias

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO ESTACIÓN DE PENITENCIA


PREÁMBULO

La Estación de Penitencia que esta Hermandad realiza el Viernes Santo presidida por el Santo Sepulcro, constituye el acto principal de  culto público a Nuestro Padre Jesús Atado  a  la  Columna,  El  Santo  Sepulcro  y  Nuestra  Señora  La Santísima  Virgen  de  las Angustias,  fomentando  la  devoción  y  veneración  debidas  a  sus  Sagrados  Titulares, procurando  el  aumento  del  fervor  y  religiosidad  e  impulsando  su  carácter  de manifestación de fe. Todo ello tiene como objetivo primordial promover e incrementar la vida espiritual de sus hermanos, así como fielesy devotos, a través de una verdadera 
misión  evangelizadora  ofreciendo  un  testimonio  de  fe  y  caridad  cristiana,  desde  la constitución de la Hermandad el 22 de abril de 1680, hasta nuestros días. 

El  presente  reglamento  tiene  como  misión  última  servir  de  instrumento  para  que  la Estación de Penitencia cumpla sus objetivos, exhortando a los hermanos a que guarden recogimiento, compostura, devoción y penitencia, yaque estas deben ser unas normas básicas de recogimiento en el Santo Entierro de Nuestro Señor Jesucristo, para que sea de  provecho  espiritual,  tanto  para  los  que  lo  practican  como  para  los  que  la presencian. 

INDICE

1.- ESTACION DE PENITENCIA Y COMISIÓN DE ESTACIÓN DE PENITENCIA.................4
2.- LA PAPELETA DE SITIO..........................................................................................................6
3.- ORDENACIÓN DE LA ESTACIÓN DE PENITENCIA...........................................................8
 •  Esquema de distribución de cargos dentro de la Estación de Penitencia........................................10
4.- CARGOS DE LA PROCESIÓN Y SUS FUNCIONES...........................................................13
•  Diputado Mayor
•  Diputado de Hora
•  Diputado de Tramo
•  Fiscal de Paso
•  Diputado de Puerta
•  Diputado de Niños
5.- OTROS HERMANOS Y RESTO PERSONAL PARTICIPANTE............................................18
•  Hermanos Infantiles hasta 14 años
•  Hermanos Nazarenos
•  Hermanos Manigueteros
•  Hermanas de Mantilla
•  Portadores insignias y enseres
•  Acólitos
•  Otro Personal
6.- CAPATACES, HORQUILLEROS, COSTALEROS Y PORADORES…...................................24
•  Deberes del Capataz
•  Requisitos que deben reunir los Costaleros y Portadores
•  Deberes de los Costaleros y Portadores
7.- PRESIDENCIAS........................................................................................................................29
8.- DE LA REFORMA DEL REGLAMENTO.................................................................................31
DISPOSICIÓN ADICIONAL
DISPOSICIÓN FINAL

CAPITULO 1:
ESTACIÓN DE PENITENCIA Y COMISIÓN DE ESTACIÓN DE PENITENCIA

Artículo 1º
La Estación de Penitencia se realizará en la tarde/noche del Viernes Santo .En cuanto al
itinerario será: plaza Virgen de las Angustias, calle del Mar, calle. Juan Anglada, plaza
Mayor, calle Mayor, plaza Fernando V. calle. Alfredo Almunia, calle José Gómez, calle
Isabel  la  Católica,  calle  Reconquista,  calle  del  Mar  y  plaza  Virgen  de  las  Angustias,
pudiendo ser modificado en Asamblea General Ordinaria.

Artículo 2º
Se trata de una Estación de Penitencia de Silencio,en la que la imagen que preside el
cortejo  es  el  Santo  Sepulcro  por  lo  que  no  se  podrá vitorear,  gritar  ni  aplaudir,
fomentando el silencio, la oración y la meditación,tanto en los que participan como en
los que la contemplan.

Artículo 3º
Nuestro  Padre  Jesús  Atado  a  la  Columna,  El  Santo  Sepulcro  y  Nuestra  Señora  la
Santísima Virgen de las Angustias irán acompañados  por Marchas Fúnebres, Marchas
de Corte Serio, Música de Capilla o en Silencio.

Artículo 4º
La  organización  de  la  procesión  será responsabilidad  de  la  Junta  de  Gobierno,  junto
con el Diputado Mayor, con suficiente antelación a la Semana Santa.

Artículo 5º

La Comisión de Estación de Penitencia (CEP) estará  formada por miembros de la Junta
de  Gobierno  elegidos  por  el  Hermano  Mayor  y  el  Diputado  Mayor  en  número
suficiente para desempeñar las funciones de ésta. Presidida por el Hermano Mayor y
en su defecto por el Diputado Mayor.
Serán funciones de La Comisión de Estación de Penitencia (CEP):
•  Elaborar  el  plan  de  actuación  que  presentará  a  la  Junta  de  Gobierno.  En  el
mismo deben constar las fechas de preparación de los enseres, en colaboración con el Mayordomo, que sean necesarios para la salida procesional, así como las fechas y organización del reparto de túnicas y entrega de papeletas de sitio.
•  Selección  y  negociación  con  las  bandas  de  música  para  posteriormente presentarlas a la Junta de Gobierno para su aprobación.
•  Seguimiento de las bandas de música contratadas porla Junta de Gobierno.
•  Seleccionar las composiciones musicales de las bandas.
•  Dar  el  Visto  Bueno  a  los  componentes  de  las  cuadrillas  de  Costaleros  y Portadores.
•  Estudiar y en su caso sancionar las faltas de los hermanos participantes en la Estación de Penitencia.

Artículo 6º
Todos  los  hermanos,  cualquiera  que  sea  el  puesto  que  ocupen  o  la  función  que desempeñen en la Cofradía, están obligados a comportarse con la máxima compostura y seriedad, siendo conscientes de que van acompañando a nuestras Sagradas Imágenes Titulares  y  del  público  testimonio  de  religiosidad  que  deben  ofrecer  a  quienes contemplan  la  procesión,  así  como  de  la  incidencia  de  su  comportamiento  en  el prestigio y buen nombre de la Hermandad.
a)  En  todo  momento,  prestarán  su  leal  colaboración  para  el  adecuado desarrollo  de  la  estación  de  penitencia,  siguiendo  las  instrucciones  del Diputado  Mayor  de  Gobierno,  sus  Auxiliares,  Diputados  de  Tramo  o Fiscales de Paso.
b)  Vestirán, con dignidad y decoro, el hábito nazareno la indumentaria que esté establecida o sea usual para el puesto o función que desempeñen.


CAPÍTULO 2:
LA PAPELETA DE SITIO

Artículo 7º
La Hermandad emitirá un documento llamado papeleta  de sitio. Todos los hermanos que formen el cuerpo de nazarenos y hermanas de mantilla tendrán que tener en su poder la papeleta de sitio para la Estación de Penitencia.

Artículo 8º
Podrá  obtener  la  papeleta  toda  persona  cristina  y  que  tenga  devoción  por  Nuestros Sagrados Titulares.

Artículo 9º
En el documento figurará, entre otros datos, el nombre, su número de teléfono y la fecha correspondiente, así como el lugar que ocupará en la Estación de Penitencia.

Artículo 10º
La papeleta de sitio se considera personal e intransferible, constituyendo una falta la suplantación de la identidad por parte de otra persona.

Artículo 11º
La expedición de las papeletas de sitio se realizará cada año en fechas anteriores a la Semana Santa, que decidirá la CEP y comunicará debidamente a todos los hermanos.

Artículo 12º
Con  el  fin  de  organizar  la  Estación  de  Penitencia,  la  CEP  convocará  a  los  hermanos para que soliciten un puesto determinado en la Estación de Penitencia, por los cauces que se determinen.

Artículo 13º
El criterio de preferencias para asignar los puestos será el siguiente:
1º.- Ser hermano de la Hermandad.
2º.- Orden de reserva.
3º.- Haber participado en la Estación de Penitenciadel año anterior.

Artículo 14º
Cuando  las  solicitudes  superen  a   los  puestos  disponibles,  la  CEP  las  atenderá asignando otros dentro de la Estación de Penitencia.

Artículo 15º
La papeleta de sitio se conservará en poder del hermano hasta el fin de la Estación de Penitencia, y retornará a la Hermandad junto con elequipo de nazareno, en caso de ser éste propiedad de la Cofradía, así como a su devolución los días señalados por la Hermandad.

CAPÍTULO 3:
ORDENACIÓN DE LA ESTACIÓN DE PENITENCIA

Artículo 16º.
La Estación de Penitencia estará organizada en estaHermandad y Cofradía mediante el siguiente orden de cargos e insignias que formarán los tres sectores:,
•  Diputado Mayor
•  Diputado de Horas
•  Cruz de guía, acompañada de los Faroles de Guía
•  Niños de la Hermandad.
•  Hermanos Nazarenos
•  Diputado/s de Tramo
•  Senatus, Romanos.
•  Estandarte de Ntro. Padre Jesús Atado a la Columna escoltado con varas.
•  Presidencias de Paso.
•  Bocinas
•  Música de Cámara
•  Ciriales
•  Acólitos
•  Incensarios y naveta.
•  Paso del Nuestro Padre Jesús Atado a la Columna
•  Banda de Música.
•  Fiscal de Paso
•  Hermanos Nazarenos
•  Diputado/s de Tramo
•  Bandera Cruzada Negra y Blanca escoltada por varas
•  Hermanos Nazarenos
•  Estandarte del Santo Sepulcro escoltado por varas
•  Corporación Municipal
•  Presidencias y Libro de Reglas.
•  Bocinas
•  Música de Cámara
•  Ciriales y Cruz Parroquial
•  Acólitos
•  Incensarios
•  Paso del Santo Sepulcro
•  Banda de Música
•  Fiscal de Paso
•  Hermanos Nazarenos
•  Diputado/s de Tramo
•  Bandera Cruzada Azul y Blanca escoltada por varas (si las hubiera)
•  Hermanos Nazarenos
•  Estandarte  Santísima  Virgen  de  las  Angustias  acompañado  por  varas  o faroles
•  Bandera Grupo Joven
•  Hermanas de mantilla
•  Diputado de Tramo
•  Bandera acompañada por varas
•  Camareras
•  Ante-presidencias
•  Presidencias
•  Bocinas
•  Música de Capilla
•  Ciriales
•  Acólitos
•  Incensarios
•  Paso de La Santísima Virgen de las Angustias
•  Banda de Municipal de Vera
•  Fiscal de Paso

ESQUEMA  DE  DISTRIBUCIÓN  DE  CARGOS  DENTRO  DE  LA  ESTACIÓN  DE
PENITENCIA





Artículo 17º
Esta  configuración  del  guión  procesional  podrá  modificarse  por  incorporación  de
nuevas insignias en acuerdo de la Junta de Gobiernode la Hermandad.

CAPÍTULO 4:
CARGOS DE LA PROCESIÓN Y SUS FUNCIONES

Artículo 18º  - DIPUTADO MAYOR
1.- El Diputado Mayor dirige la Estación de Penitencia.
2.-  Es  el  principal  responsable  de  la  Estación  de  Penitencia,  vigilará  del  exacto cumplimiento y difusión de este reglamento entre los hermanos.
3.-  Organizará  la  Estación  de  Penitencia  antes  de  la  salida  del  Templo,  durante  el recorrido y la entrada al Templo.
4.- Propondrá los cargos de organización de la Estación de Penitencia, el Diputado de Hora, los Diputados de Tramo y los Fiscales de los Pasos ante la Junta de Gobierno para ser elegidos.
5.-  Podrá  intervenir  en  el  reparto  de  papeletas  de  sitio  y  túnicas  cuidando  del cumplimiento de los estatutos de la Hermandad y delreglamento de Régimen Interno.
6.- En caso de surgir algún imprevisto grave durante la Estación de Penitencia decidirá (previa consulta con el Hermano Mayor) lo que mejorproceda.
7.-  Tomará  las  decisiones  necesarias  después  de  escuchar  las  opiniones  de  los diputados y/o fiscales sobre cualquier situación no trascendental durante la Estación de Penitencia.
8.-  Coordinará  y  convocará  la  Comisión  de  la  Estación  de  Penitencia  como  mínimo con 5 meses de anticipación antes de la Semana Santa.
9.- Convocará las reuniones que estime pertinentes  con celadores, fiscales de paso y diputados.
10.- El Diputado Mayor vestirá túnica negra y  capirote y antifaz negros. Las manos irán  descubiertas  sin  reloj  o  abalorios  y  las  uñas  sin  pintar.  Solo  se  podrá  llevar  la alianza matrimonial por ser un sacramento de la Santa Iglesia Católica.

Artículo 19º - DIPUTADO DE HORA
1.- Propuesto por el Diputado Mayor y nombrado porla Junta de Gobierno, será el responsable  del  cumplimiento  del  horario  de  la  cruz de  guía,  según  las  directrices, listado de horarios y lugares que anteriormente le habrá marcado el Diputado Mayor. 2.-  A  la  entrada  en  el  Templo  organizará  la  recogida  de  enseres  de  la  Cofradía ayudado por Diputados de Puerta, siguiendo las instrucciones del Diputado Mayor,
3.- Los Diputados de Hora están obligados a participar en cuantas reuniones convoque el Diputado Mayor para la organización de la Estación de Penitencia.
4.-  Resolverán  cuantas  incidencias  leves  ocurran  durante  la  Estación  de  Penitencia, informando  cuando  sea  posible  al  Diputado  Mayor.  En el  caso  de  producirse  una incidencia  grave  localizarán  por  cualquier  medio  urgente  al  Diputado  Mayor  para comunicarle la situación y solicitar instrucciones.
5.- El Diputado de Hora vestirá túnica negra y capirote y antifaz negros. Las manos irán  descubiertas  sin  reloj  o  abalorios  y  las  uñas  sin  pintar.  Solo  se  podrá  llevar  la alianza matrimonial por ser un sacramento de la Santa Iglesia Católica.

Artículo 20º - DIPUTADO DE TRAMO
1.- Los Diputados de Tramo serán propuestos por el Diputado Mayor y nombrados por la Junta de Gobierno, a ellos corresponderá la organización del sector que se les haya asignado.  Serán  los  responsables  junto  con  el  Diputado  Mayor  del  buen  orden, compostura  y  recogimiento  de  la  Cofradía,  tanto  en  el  Templo  como  durante  el recorrido y la llegada al Templo.
2.-  Deben  ser  mayores  de  edad,  se  recomendará  haber salido  anteriormente  de nazareno  y  gozar  de  idoneidad  para  desempeñar  este  puesto  a  juicio  del  Diputado Mayor y de la Junta de Gobierno.
3.-  Los  Diputados  de  Tramo  están  obligados  a  participar  en  cuantas  reuniones convoque el Diputado Mayor para la organización de la Estación de Penitencia.
4.- Estarán en el Templo a la hora que fije el Diputado Mayor, con el fin de organizar, con  tiempo  suficiente,  el  cuerpo  de  hermanos  nazarenos  o  hermanas  de  mantilla  y distribuir los enseres procesionales de sus respectivos tramos.
5.-  Exhortarán  a  los  hermanos  Nazarenos  o  hermanas  de  Mantilla  de  su  tramo  a realizar  ejemplarmente  la  Estación  de  Penitencia,  cuidaran  de  que  sus  vestimentas sean  las  que  se  exponen  en  este  reglamento  interno  en  el  artículo  25  punto  3  y articulo 27 punto 6 y velarán para que los hermanos/as cumplan con las normas de conducta expresadas en el artículo 25 punto 2 y articulo 27 punto 5.
6.-  Resolverán  cuantas  incidencias  leves  ocurran  durante  la  Estación  de  Penitencia, informando  cuando  sea  posible  al  Diputado  Mayor.  En el  caso  de  producirse  una incidencia  grave  localizarán  por  cualquier  medio  urgente  al  Diputado  Mayor  para comunicarle la situación y solicitar instrucciones.
7.- Los Diputados de Tramo de Ntro. Padre Jesús Atado a la Columna, Santo Sepulcro, y Ntra. Sra. La Virgen de las Angustias, pertenecientes al tramo de hermanos Nazarenos, deberán de ir con túnica negra, mientras que el Diputado de Tramo de las hermanas de  Mantillas,  deberá  de  ir  con  traje  negro  o  con  túnica  negra.  Las  manos  irán descubiertas sin reloj o abalorios y las uñas sin pintar. Solo se podrá llevar la alianza matrimonial por ser un sacramento de la Santa Iglesia Católica.
8.-  Durante  el  mes  siguiente  a  la  Estación  de  Penitencia,  presentarán  un  informe  al Diputado Mayor, lo más detallado posible sobre las incidencias que hubiesen acaecido en  su  tramo  desde  la  organización,  salida,  durante  el  transcurso  o  la  entrada  de  la misma. Este informe lo presentaran en la reunión que a este efecto se organice junto con  los  demás  responsables  de  organización  de  la  Estación  de  Penitencia  y  Junta  de Gobierno.

Artículo 21º - FISCAL DE PASO
1.-Los  Fiscales  de  Paso  serán  propuestos  por  el  Diputado  Mayor  y  por  la  Junta  de Gobierno.
Serán escogidos por los miembros de la Junta de Gobierno. Deben ser mayores de edad, se  recomendará  haber  salido  anteriormente  de  nazareno  y  gozar  de  idoneidad  para desempeñar este puesto a juicio del Diputado Mayor y de la Junta de Gobierno
2.- Los Fiscales de Paso velarán por el estricto cumplimiento del horario que señale el Diputado Mayor transmitiendo sus órdenes a los Capataces, vigilando así mismo que los Pasos sean llevados con respeto, seriedad, rigor y silencio propios de esta Estación de Penitencia.
3.- Controlarán durante la Estación de Penitencia el cumplimiento de la relación de composiciones musicales previamente aprobadas.
4.- Vigilarán que ninguna persona ajena a la Estación de Penitencia se sitúe delante, atrás y a los lados del Paso al que esté designado.
5.-  Organizarán  a  los  hermanos  que  porten  los  incensarios  y  Presidencias, señalándoles  la  distancia  que  deben conservar hasta el  Paso,  según  las  instrucciones del Diputado Mayor.
6.-  Resolverán  cuantas  incidencias  leves  ocurran  durante  la  Estación  de  Penitencia, informando  cuando  sea  posible  al  Diputado  Mayor.  En el  caso  de  producirse  una incidencia  grave  localizarán  por  cualquier  medio  urgente  al  Diputado  Mayor  para comunicarle la situación y solicitar instrucciones..
7.- Los Fiscales de Paso están obligados a participar en cuantas reuniones convoque el Diputado Mayor para la organización de la Estación de Penitencia.
8.-  Los  Fiscales  de  Paso  pertenecientes  a  Nuestro  Padre  Jesús  Atado  a  la   Columna, Santo de Sepulcro y Nuestra Santísima Virgen de lasAngustias vestirán túnica negra, capirote y antifaz negros. Las manos irán descubiertas sin reloj o abalorios y las uñas sin  pintar.  Solo  se  podrá  llevar  la  alianza  matrimonial  por  ser  un  sacramento  de  la Santa Iglesia Católica.
9.-Durante  el  mes  siguiente  a  la  Estación  de  Penitencia  presentarán  un  informe  al Diputado Mayor lo más detallado posible sobre las incidencias que hubiesen acaecido en  su  Paso.  Este  informe  lo  presentarán  en  la  reunión  que  a  este  efecto  se  organice junto con los demás responsables de organización dela Estación de Penitencia.

Artículo 22º - DIPUTADO DE PUERTA
1.- Formarán esta organización los hermanos designados por el Diputado Mayor.
2.- Colaboraran con el Diputado Mayor y los Diputados de Hora en la entrada y salida de la Estación de Penitencia, cerrando la puerta dela Ermita a la hora convenida por la Junta  Directiva,  no  permitiendo  que  en  ningún  momento  se  acceda  al  interior  del Templo por la puerta principal durante la Estación de Penitencia.
3.-  También  podrán  situarse  dentro  y  fuera  del  cortejo  durante  la  Estación  de Penitencia.
4.- Éste tendrá los mismos deberes, derechos y responsabilidades que los Diputados de Tramo y Fiscales de Paso.
5.- Durante la Estación de Penitencia estará en permanente contacto por los medios que se establezcan con el Diputado Mayor, Diputados y Fiscales.
6.-  Los  Diputados  de  Puerta  están  obligados  a  participar  en  cuantas  reuniones convoque el Diputado Mayor para la organización de la Estación de Penitencia.
7.- Los Diputados de Puerta deberán ir con traje negro y la medalla de la Hermandad.

Artículo 23º - DIPUTADO DE NIÑOS
1.-  Sera  nombrado  por el  Diputado  Mayor  y  nombrado  por  la  Junta  de  Gobierno, a el/ella corresponderá la organización del sector delos niños de la Hermandad. Serán los  responsables  de  ellos  tanto  en  la  salida,  como  durante  el  recorrido  y  llegada  al Templo.
2.-  Deben  ser  mayores  de  edad,  se  recomendará  haber salido  anteriormente  de Nazareno  y  gozar  de  idoneidad  para  desempeñar  este  puesto  a  juicio  del  Diputado Mayor y de la Junta de Gobierno.
3.-  Los  Diputados  de  Niños  están  obligados  a  participar  en  cuantas  reuniones convoque el Diputado Mayor para la organización de la Estación de Penitencia.
4.-Estarán en el Templo a la hora que fije el Diputado Mayor, con el fin de organizar, con  tiempo  suficiente,  el  cuerpo  de  hermanos  Infantiles  y  distribuir  los  enseres procesionales de sus respectivos tramos.
5.-  Resolverán  cuantas  incidencias  leves  ocurran  durante  la  Estación  de  Penitencia, informando  cuando  sea  posible  al  Diputado  Mayor.  En el  caso  de  producirse  una incidencia  grave  localizarán  por  cualquier  medio  urgente  al  Diputado  Mayor  para comunicarle la situación y solicitar instrucciones.
6.- Su vestimenta será la de túnica negra, sin capirote y con antifaz negro. Las manos irán  descubiertas  sin  reloj  o  abalorios  y  las  uñas  sin  pintar.  Solo  se  podrá  llevar  la alianza matrimonial por ser un sacramento de la Santa Iglesia Católica.

CAPÍTULO 5:
OTROS HERMANOS Y RESTO DE PERSONAL PARTICIPANTE

Artículo 24º - HERMANOS INFANTILES HASTA 14 AÑOS
1.-  Los  hermanos  Infantiles  no  deben  de  olvidar  en  ningún  momento  el  carácter penitencial y religioso del acto que realizan y la responsabilidad que les alcanza como participes de la buena imagen de fervor y compostura de esta Estación de Penitencia.
2.- Seguirán en todo momento las instrucciones del Diputado de Niños.
3.- Los hermanos que por su edad sea desaconsejableantifaz y/o portar cirios, llevarán una túnica de color azul y capa negra, color de Penitentes del Tramo de la Santísima Virgen de las Angustias.
4.- Irán preferentemente detrás de la Cruz Guía o abriendo el tramo de la Santísima. Virgen de las Angustias.

Artículo 25º - HERMANOS NAZARENOS
1.-  Los  hermanos  Nazarenos  no  deben  de  olvidar  en  ningún  momento  el  carácter penitencial y religioso del acto que realizan y la responsabilidad que les alcanza como participes de la buena imagen de fervor y compostura de esta Estación de Penitencia.
2.- Los hermanos que vayan a realizar la Estación de Penitencia como Nazarenos, se encuentran especialmente obligados a cumplir las siguientes normas:
a)  Dirigirse desde su domicilio al Templo, vistiendo el hábito con prontitud y sobriedad,  cubierto  con  el  antifaz,  sin  detenerse,  ni  hablar  con  otras personas.
b)  Encontrarse en el Templo a la hora señalada por la Junta de Gobierno. Podrá  permanecer  descubierto  hasta  el  momento  de  organizarse  la procesión, siempre que se encuentre en el templo o  en interior de la casa Hermandad.  Si  por  algún  motivo  se  tuviese  que  salir al  exterior,  previa comunicación  al  diputado  de  Tramo,  volverá  a  colocarse  el  antifaz  y regresar con la compostura anteriormente descrita.
c)  Mostrar su papeleta de sitio a su diputado de Tramo, ocupando en las filas el  lugar  asignado,  permaneciendo  en  todo  momento  atento  a  sus instrucciones,  las  cuales  obedecerá  con  exacta  disciplina,  y  colaborando con  aquel  en  todo  lo  necesario  para  el  buen  orden  y compostura  de  la
Estación de Penitencia.

d)  Una  vez  formada  y  en  marcha  la  Cofradía,  los  hermanos  Nazarenos deberán ir con el mayor orden y en absoluto silencio, evitando movimientos inútiles, acompasando los necesarios y mirando siempre al frente. Cuidarán de  que  no  se  corte  la  fila  guardando  la  distancia  marcada  de  uno  a  otro
Nazareno  y  atenderán  con  puntualidad  las  paradas  o  marchas  que  se hagan, por lo que estarán atentos al hermano que los precede.
e)  .Durante la Estación de Penitencia no podrán hablar con persona alguna, ni volverse hacia atrás. No adoptarán actitudes o posturas no penitenciales y deberán  ir  siempre  atentos  a  su  pareja  en  el  tramo  y  atendiendo  a  las instrucciones  de  su  Diputado  de  Tramo.  En  las  paradas  procurarán mantener  la  mayor  inmovilidad  posible,  manteniendo  verticalmente  los cirios, varas e insignias. Queda totalmente prohibido arrastrar los pies.
f)  Permanecer  en  el  lugar  que  ocupe  en  la  Cofradía  sin salirse  de  las  filas salvo  por  necesidad  imperiosa  que  comunicará  a  su  Diputado  de  Tramo, quien  podrá  autorizarle  a  abandonar  la  Cofradía  por el  tiempo indispensable  y  con  la   máxima  discreción.  En  caso  de  imposibilidad
definitiva de continuar, lo comunicará igualmente asu Diputado de Tramo, retirándose luego a su domicilio de la manera más rápida y discreta posible.
g)  Guardar  silencio  y  recogimiento  durante  todo  el  recorrido,  absteniéndose de  comer,  beber  o  fumar  así  como  de  utilizar  aparatos  reproductores  de sonido,  teléfonos  móviles  o  similares,  aún  cuando  se  lleven  ocultos,  salvo aquéllos expresamente autorizados por razón del puesto que ocupan en la hermandad
h)  Identificarse mediante la exhibición de su papeletade sitio cuando fuesen requeridos  por  su  Diputado  de  Tramo  o  por  el  Diputado  Mayor  de Gobierno o sus Auxiliares.
i)  Entregar a su Diputado de Tramo o depositar en el lugar que se indique su cirio, farol o insignia, una vez entren en el Templo, guardando la debida compostura, deben de seguir las indicaciones que les den los diputados de Puerta, hasta la total entrada de la Cofradía y regresar luego a su domicilio
con la misma diligencia y sobriedad que a la llegada.
3.-  Los  hermanos  Nazarenos  llevaran  calcetines  negros,  calzado  negro  y  en  caso  de llevar pantalón bajo el hábito este será también negro. Las manos irán descubiertas sin reloj o abalorios ylas uñas sin pintar. Solo se podrá llevar la alianza matrimonial por ser un sacramentode la Santa Iglesia Católica.
4.-  Los  hermanos  Nazarenos  que  no  cumplan  las  normas  arriba  citadas  serán sancionados con la prohibición de salir en la Estación de Penitencia o de abandonarla si esta ya estuviera en la calle.

Artículo 26º - HERMANOS MANIGUETEROS
1.- Son los hermanos Nazarenos que escoltaran los Pasos procesionales asidos por una sola mano, a cada una de las maniguetas o esquinasdel Paso. Es un privilegio ser hermano Maniguetero por la cercanía a Nuestra Señora la Virgen de las Angustias al ser el Nazareno más próximo a Ella.
2.- Los hermanos Manigueteros no deben de olvidar  en ningún momento el carácter penitencial y religioso del acto que realizan y la responsabilidad que les alcanza como participes de la buena imagen de fervor y compostura de esta Estación de Penitencia.
3.-, Vestirán túnica negra, guantes y antifaz negros.
4.- Los hermanos que vayan a realizar la Estación de Penitencia como Manigueteros, se  encuentran  especialmente  obligados  a  cumplir  las mismas  normas  que  los hermanos Nazarenos (articulo 25 punto 2).
5.- Los hermanos Manigueteros que no cumplan las normas serán sancionados con la prohibición de salir en la Estación de Penitencia o de abandonarla si esta ya estuviera en la calle.
6.- El requisito principal para ser Manigueteros es ser hermano de la Hermandad.

Artículo 27º - HERMANAS MANTILLA
1.-  Los  hermanas  de  Mantilla  no  deben  de  olvidar  en ningún  momento  el  carácter penitencial y religioso del acto que realizan y la responsabilidad que les alcanza como participes de la buena imagen de fervor y compostura de esta Estación de Penitencia.
2.- Se situarán solamente en el tramo de la Santísima Virgen de las Angustias, la edad mínima exigida será de 16 años.
3.- El lugar que cada hermana Mantilla ocupará dentro de la Estación de Penitencia estará determinado por el número de papeleta de sitio siendo el número 1 el lugar más próximo de este tramo a la Santísima Virgen de las Angustias.
4.-  Seguirán  las  instrucciones  que  en  todo  momento  les  indiquen  los  diputados  y  el Diputado Mayor.
5.-  Las  hermanas  de  Mantilla  que  vayan  a  realizar  la  Estación  de  Penitencia  ,  se encuentran especialmente obligadas a cumplir las siguientes normas: .
a)  Encontrarse en el Templo a la hora señalada por la Junta de Gobierno.
b)  Mostrar su papeleta de sitio a su Diputado de Tramo, ocupando en las filas el  lugar  asignado,  permaneciendo  en  todo  momento  atento  a  sus instrucciones,  las  cuales  obedecerá  con  exacta  disciplina,  y  colaborando con  aquel  en  todo  lo  necesario  para  el  buen  orden  y compostura  de  la
Estación de Penitencia.
c)  Una  vez  formada  y  en  marcha  la  Cofradía,  las  hermanas  de  Mantilla deberán ir con el mayor orden y en absoluto silencio, evitando movimientos inútiles  y  mirando  siempre  al  frente.  Cuidarán  de  que  no  se  corte  la  fila guardando  la  distancia  marcada  entre  ellas  y  atenderán  con  puntualidad
las  paradas  o  marchas  que  se  hagan,  por  lo  que  estarán  atentas  a  la hermana que las precede.
d)  .Durante la Estación de Penitencia no podrán hablar con persona alguna, ni volverse hacia atrás. No adoptarán actitudes o posturas no penitenciales y deberán  ir  siempre  atentas  a  su  pareja  en  el  tramo  y  atendiendo  a  las instrucciones  de  su  Diputado  de  Tramo.  En  las  paradas  procurarán mantener  la  mayor  inmovilidad  posible,  Queda  totalmente  prohibido arrastrar los pies o descalzarse.
e)  Permanecer  en  el  lugar  que  ocupe  en  la  Cofradía  sin salirse  de  las  filas salvo  por  necesidad  imperiosa  que  comunicará  a  su  Diputado  de  Tramo, quien  podrá  autorizarle  a  abandonar  la  Cofradía  por el  tiempo indispensable  y  con  la   máxima  discreción.  En  caso  de  imposibilidad
definitiva de continuar, lo comunicará igualmente asu Diputado de Tramo, retirándose luego a su domicilio de la manera más rápida y discreta posible.
f)  Guardar  silencio  y  recogimiento  durante  todo  el  recorrido,  absteniéndose de  comer,  beber  o  fumar  así  como  de  utilizar  aparatos  reproductores  de sonido,  teléfonos  móviles  o  similares,  aún  cuando  se  lleven  ocultos,  salvo aquéllos expresamente autorizados por razón del puesto que ocupan en la Cofradía.
g)  Identificarse mediante la exhibición de su papeletade sitio cuando fuesen requeridos  por  su  Diputado  de  Tramo  o  por  el  Diputado  Mayor  de Gobierno.
6.- Las hermanas de Mantilla vestirán mantilla negra que se sujete en la parte de atrás con un broche discreto, vestido negro a media pierna (ni por encima ni por debajo de la  rodilla),  con  manga  al  codo  o  larga.  Se  admite  chaqueta,  abrigo  o  bolero  negro, siempre y cuando los botones sean discretos y no resalten. Las joyas que pueden lucirse con la mantilla son pendientes y medalla; Los pendientes pueden ser cortos o largos, siendo  los  más  adecuados  plata  vieja,  perlas,  oro  viejo  o  azabache.  En  el  cuello
podemos  llevar  una  cadena  fina  acompañada  de  una  cruz  o  una  medalla  pequeña. Guantes  cortos  de  encaje  negro,  medias  negras  finas y  nunca  tupidas.  Los  zapatos negros, cerrados de salón de tacón medio y rosario de plata o de azabache.
7.-  Los  hermanas  de  Mantilla  que  no  cumplan  las  normas  arriba  citadas  serán sancionados con la prohibición de salir en la Estación de Penitencia o de abandonarla si esta ya estuviera en la calle.

Artículo 28º - PORTADORES INSIGNIAS Y ENSERES
1.-  Los  hermanos  portadores  de  insignias  y  enseres  no  deben  de  olvidar  en  ningún momento el carácter penitencial y religioso del acto que realizan y la responsabilidad que les alcanza como participes de la buena imagen  de fervor y compostura de esta Estación de Penitencia.
2.- Los hermanos portadores de insignias y enseres que vayan a realizar la Estación de Penitencia  se  encuentran  obligados  a  cumplir  las  mismas  normas  que  los  hermanos Nazarenos (artículo 25 punto 2).
3.-  Durante  la  Estación  de  Penitencia  los  portadores  de  las  insignias  y  enseres  de  la Cofradía, serán responsables del estado de estos enseres, desde el momento que se les entreguen en el Templo hasta la finalización de la Estación de Penitencia.
4.-  Portarán  las  insignias  y  enseres  según  las  instrucciones  del  Diputado  Mayor  y Diputados de Tramo.
5.- En todo momento seguirán las instrucciones del  Diputado Mayor y Diputados de Tramo.
6.- Vestirán con túnica negra y capirote negro. Las manos irán descubiertas sin reloj o abalorios y las uñas sin pintar. Solo se podrá llevar la alianza matrimonial por ser un sacramento de la Santa Iglesia Católica.

Artículo 29º - ACÓLITOS
1.-  Podrán  formar  como  Acólitos  aquellos  hermanos  que  reúnan  las  condiciones físicas necesarias para realizar su cometido con eficacia y dignidad.
2.-  Los  hermanos  Acólitos  no  deben  de  olvidar  en  ningún  momento  el  carácter penitencial y religioso del acto que realizan y la responsabilidad que les alcanza como participes de la buena imagen de fervor y compostura de esta Estación de Penitencia.
3.-  Durante  la  Estación  de  Penitencia  no  podrán  hablar  con  persona  alguna,  ni volverse  hacia  atrás  el  ,  recibir  ni  entregar  cosa  alguna,  dirigirse  por  señas  ni comunicarse con las personas que contemplan  el Paso, así como adoptar actitudes o posturas no penitenciales. En las paradas procurarán mantener la mayor inmovilidad posible. Queda totalmente prohibido arrastrar los pies.
4.- Vestirán alba blanca y capelina negra, no pudiendo llevar ningún elemento visible externo, ni aderezo estético alguno, excepto la medalla de la Virgen.

Artículo 30º - OTRO PERSONAL
1.- Para las funciones de encendido de velas de losPasos, los pabileros y los aguadores el servicio de agua a los costaleros.
2.- No deben de olvidar en ningún momento el carácter penitencial y religioso del acto que realizan y la responsabilidad que les alcanza como participes de la buena imagen de fervor y compostura de esta Estación de Penitencia.
3.- La vestimenta de los pabileros será traje negro, camisa blanca, zapatos y calcetines negros pudiendo llevar de color blanco o en su color el escudo de la Hermandad. La vestimenta de los aguadores será faja, pantalones y camiseta o sudadera negros y zapatillas.
4.- Este personal se situará lo más cerca posible de los pasos y fácilmente localizables. Seguirán fielmente las instrucciones que le marque el capataz o el fiscal de Paso.

CAPÍTULO 6:
CAPATACES, HORQUILLEROS, COSTALEROS Y PORTADORES

Artículo 31º
1.-  Los  hermanos  Horquilleros,  Costaleros  y  Portadores  son  los  encargados  de cargar/portar, con su devoción y sacrificio, el peso de los Pasos durante la Estación de Penitencia.
2.-  Los  hermanos  de  Capataces,  Horquilleros,  Costaleros  y  Portadores  no  deben  de olvidar en ningún momento el carácter penitencial yreligioso del acto que realizan y la  responsabilidad  que  les  alcanza  como  participes  de  la  buena  imagen  de  fervor  y compostura de esta Estación de Penitencia.

Artículo 32º
Tanto los Capataces, Costaleros y Portadores llevaran los Pasos de nuestros Sagrados Titulares considerando siempre los principios de sobriedad, austeridad y compostura, con un paso tradicional, sin movimientos inadecuados y procurando siempre el mayor respeto,  decoro  y  devoción  a  Nuestros  Sagrados  Titulares,  como  es  costumbre  y tradición desde 1680.

Artículo 33º
Tanto los hermanos Capataces,  Costaleros y Portadores, están obligados a cumplirlas mismas normas de recogimiento y compostura que los hermanos nazarenos. Deben evitar todo alarde, porque su penitencia personal no tendría valor si se efectúa por puro exhibicionismo o demostración de fuerza. Asimismo, huirán de toda vanidad y orgullo, realizando su labor con la humildad necesaria y la abnegación propia del
cofrade.

Artículo 34º
Una  vez  formada  y  en  marcha  la  Cofradía,  los  hermanos  Costaleros  y  Portadores deberán ir con el mayor orden y en absoluto silencio, evitando movimientos inútiles, acompasando los necesarios y mirando siempre al frente.
Durante la Estación de Penitencia no podrán hablar  con persona alguna, ni volverse
hacia atrás. No adoptarán actitudes o posturas no penitenciales.
En las paradas procurarán mantener la mayor inmovilidad posible. Queda totalmente prohibido arrastrar los pies.

Artículo 35º
Tanto  los  hermanos  Capataces,  Costaleros  y  Portadores  atenderán  siempre  las indicaciones de los Fiscales de Paso.

Artículo 36º
La  forma  en  la  que  tanto  hermanos  Costaleros,  Portadores  y  Horquilleros  deben  de
cargar/portar los Tronos y Pasos será la siguiente:
a)  Paso siempre al frente, nunca hacia atrás, ni movimientos laterales bruscos.
b)  Los  hermanos  Portadores  y  Horquilleros  les  queda  totalmente  prohibido arrastrar los pies.
c)  Al  ser  una  Estación  Penitencia  de  Silencio  tanto  Horquilleros  como Portadores  no  podrán  elevar  el  Trono  por  encima  del hombro,  ni  hacer movimientos bruscos con Él.
d)  La seriedad y austeridad en la forma de llevar los  Pasos es y será una seña de esta Cofradía y de todas sus Imágenes Titulares.

Artículo 37º
Excepcionalmente, cuando las circunstancias lo requieran, los costaleros no hermanos llamados  para  completar  las  cuadrillas  podrán  formar  parte  de  la  Estación  de Penitencia.

Artículo 38º
La  vestimenta  de  los  Capataces  y  Contraguías  para  el  Viernes  Santo  será  de  traje  y
corbata negra, camisa blanca, zapatos y calcetines negros.
Las manos irán descubiertas sin reloj o abalorios ylas uñas sin pintar. Solo se podrá
llevar la alianza matrimonial por ser un sacramentode la Santa Iglesia Católica.
Artículo 39º
La  vestimenta  de  los  Costaleros  será  de   faja,  zapatillas  y  costal  negro  (excepto  la arpillera que será en su color). Los pantalones y camiseta o sudadera también de color negro, pudiendo llevar en blanco o en su color el escudo de la Hermandad.

Artículo 40º
Los  hermanos  Portadores  del  Santo  Sepulcro  llevarán túnica  negra.  Las  manos  irán descubiertas sin reloj o abalorios y las uñas sin pintar. Solo se podrá llevar la alianza matrimonial por ser un sacramento de la Santa Iglesia Católica.

Artículo 41º
Los  hermanos  Portadores  de  Ntro.  Padre  Jesús  Atado  a  la  Columna,  llevarán  traje  y
corbata negra, camisa blanca, zapatos y calcetines negros. Las manos irán descubiertas sin reloj o abalorios ylas uñas sin pintar. Solo se podrá llevar la alianza matrimonial por ser un sacramentode la Santa Iglesia Católica.

Artículo 42º
Los  ensayos  serán  planificados  con  la  suficiente  antelación  por  los  capataces  que deberán informar a la Junta de Gobierno.

Artículo 43º
Es obligatorio que al primer ensayo o reunión que celebre la cuadrilla de Costaleros o Portadores acuda el Hermano Mayor o persona en quien delegue y el Mayordomo del Paso,  quienes  darán  la  bienvenida  y exhortarán  a  todos  a  cumplir  con  dedicación  y responsabilidad la tarea que asumen.

Artículo 44º
Todos los ensayos darán comienzo con una oración a Nuestros Excelsos Titulares.

Artículo 45º
La  elección  de  los  Capataces  de  Pasos  corresponde  a la  Junta  de  Gobierno, preferentemente  entre  hermanos  de  la  Cofradía,  debiendo  mantener  un  contacto permanente con ésta.

Artículo 46º- DEBERES DEL CAPATAZ
1.-  El  Capataz  se  ajustará  siempre  a  las  normas   de organización  de  la  Cofradía durante  la  Estación de  Penitencia,  siendo  de  obligado  cumplimiento  aceptar  las normas e instrucciones que disponga el Diputado Mayor o el Fiscal de Paso.

2.- El Capataz guardará unas normas mínimas de comportamiento durante la Estación de Penitencia para no descuidar el máximo decoro y  seriedad en la dirección de los pasos.

3.- El Capataz comunicará a la Junta de Gobierno los nombres de los componentes de su  equipo,  y  dando  el  visto  bueno  la  Junta  de  Gobierno  Del  mismo  modo,  deberá informar a la Junta de Gobierno de cualquier modificación que se produzca, para su ratificación.

4.- El Capataz tendrá el deber de elegir su propio  equipo, que estará formado por un segundo Capataz y los Contraguías que estime necesarios, hasta un número máximo de tres.

5.-  Una  vez  configurada  la  cuadrilla,  los  Capataces entregarán  en  secretaría  una relación  nominal  de  Costaleros,  Portadores  y  Horquilleros  de  cada  uno  de  los  Pasos, incluyendo D.N.I., edad, dirección y teléfono.

6.-  Los  Capataces  se  responsabilizaran  de  las  cuadrillas  de  hermanos  Costaleros, Portadores,  de  Contraguías  y  serán  quienes  respondan  por  ellos  ante  la  Junta  de Gobierno. Velarán por sus comportamientos y el mayor decoro en el vestir.
7.- Cualquier acuerdo que adopte la Junta de Gobierno será de obligado cumplimiento para el Capataz.
8.- El Capataz podrá ser destituido, en cuanto no cumpla con los deberes que marca este Reglamento Interno por la Junta de Gobierno por mayoría simple.

Artículo 47º - REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS COSTALEROS Y PORTADORES
1.- Ser mayor de edad, o tener 16 años con autorización de alguno de los padres o tutores.
2.- Reunir las cualidades físicas para tal tarea.
3.- Acudir a reuniones, ensayos y convocatorias.
4.-  Demostrar  con  su  actitud  y  comportamiento,  devoción  y  respeto  a  las  Imágenes
que portan.
5.-  Una  vez  seleccionados,  los  Costaleros  y  Portadores  pasan  a  formar  parte  de  un
cuerpo único de Costaleros y Portadores de la Hermandad que queda bajo la autoridad del equipo de Capataces.

Artículo 48º - DEBERES DE LOS COSTALEROS Y PORTADORES
1.-  Los  Costaleros  y  Portadores  tendrán  el  deber  a  asistir  a  los  actos  que  dirigidos  a
ellos organice la Hermandad.
2.-  Los  Costaleros  y  Portadores  tendrán  una  conducta  correcta  tanto  en  los  ensayos
preparatorios como, sobre todo, en la Estación de  Penitencia, no debiendo en ningún momento  faltar  el  respeto  a  sus  compañeros  y  capataces  con  actitudes  impropias  e indecorosas.
3.-  Los  Costaleros  y  Portadores  deberán  fomentar  al máximo  el  nivel  de compañerismo.
4.-  Los  Costaleros  y  Portadores  cumplirán  las  normas  internas  que  la  Hermandad establezca,  las cuales  irán  siempre  encaminadas  a  mejorar   el  nivel  de  nuestra cuadrilla y, sobre todo, la dignidad y el decoro del culto público a Nuestros Sagrados Titulares.
5.- Los Costaleros y Portadores atenderán a las órdenes de los Capataces o de algún miembro de la Cofradía con autoridad para ello Diputado Mayor, Fiscales de Paso y Diputado de Tramo, durante la Estación de Penitencia.
6.- Los Costaleros y Portadores asistirán a cuantas reuniones y citas sean requeridos por los capataces o por la Hermandad.
7.-  Los  Costaleros  y  Portadores  deberán  convocar  reuniones  en  nuestra  casa Hermandad,  siempre  con  la  aprobación  del  Vocal  de  Costaleros  o  Portadores,  para tratar temas que les afecten: ensayos, “igualá”, convivencias, etc.
8.- Los Costaleros y Portadores deberán asistir de forma obligatoria a los ensayos y a la “igualá”, siendo la falta reiterada al mismo motivosuficiente para ser apercibidos por su comportamiento.
9.- Los Costaleros y Portadores podrán ser expulsado, por la Junta de Gobierno o por mayoría simple de la cuadrilla con el Visto Bueno de la Junta de Gobierno, en cuanto no cumplan con los deberes especificados en este Reglamento Interno.

CAPÍTULO 7:
PRESIDENCIAS

Artículo 49º
Es de obligado cumplimiento de cada cargo de la Junta de Gobierno ocupar su puesto en la Estación de Penitencia, pudiendo estar exentopor un motivo de fuerza mayor o por  ocupar  otro  puesto  de  mayor  importancia,  previa autorización  de  la  Junta  de Gobierno.
En caso de que algún motivo un cargo no ocupe su lugar asignado en la Estación de Penitencia, será sustituido por su segundo en líneade cargos de la Junta de Gobierno, dejando éste último su  puesto vacante y no ocupándolo ninguna otra persona. En el supuesto  de  que  el  segundo  en  línea  de  cargos  de  la Junta  de  Gobierno  no  pueda sustituir  al  titular,  el  puesto  quedará  vacante  y  no  pudiendo  ocuparlo ninguna  otra persona.
La  Junta  de  Gobierno  podrá  designar,  de  forma  excepcional  a  otro  miembro  de  la misma  a  ocupar  un  puesto  en  la  Estación  de  Penitencia  si  concurre  alguna  de  las siguientes circunstancias:
a)  Que el Hermano Mayor no pueda ocupar su lugar y el  teniente de Hermano Mayor  no  pueda  sustituirlo,  por  lo  que,  para  su  designación  se  seguirá  la siguiente línea de cargos:
1º Secretario.
2º Secretario segundo.
3º Tesorero.
4º Tesorero segundo.
5º Mayordomo Virgen de las Angustias.
6º Mayordomo segundo Virgen de las Angustias.
a)  Que la presidencia de alguna de Nuestras Sagradas Imágenes quede totalmente vacante  por  imposibilidad  de  ocuparla  los  titulares de  la  misma.  Para  su designación  la  Junta  de  Gobierno  propondrá  a  los  candidatos,  que  deben pertenecer a la misma y deben ser aprobados por mayoría simple.

Artículo 50º
Como  modelo  ejemplarizante,  de  devoción,  humildad,  oración  y  sencillez  las
presidencias  pertenecientes  a  la  Junta  de  Gobierno  y  miembros  de  la  Hermandad
presidirán con el hábito de nazareno negro.
Las mujeres podrán ir vestidas de mantilla exclusivamente en el tramo de la Santísima
Virgen.
Los invitados deberán de ir con traje y corbata negro y las mujeres de mantilla o bien
con traje nazareno.

CAPÍTULO 8:
DE LA REFORMA DEL REGLAMENTO

Artículo 51º
El presente Reglamento se podrá reformar a iniciativa de la Junta de Gobierno, por la Junta General de Hermanos.

DISPOSICIÓN ADICIONAL
Todo  lo  no  dispuesto  en  el  presente  Reglamento  será resuelto  por  la  Comisión  de Estación de Penitencia.

DISPOSICIÓN FINAL
El  presente  Reglamento  de  Estación  de  Penitencia  formará  parte  del  Reglamento  de Régimen Interno que deberá aprobarse en Junta General de Hermanos.

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